De acuerdo con el art. 7 de la Resolución 396/2015 de la ANSES,
publicada el 19 del corriente mes en el Boletín Oficlal, a partir de mañana 1 de
setiembre, el nuevo monto máximo sobre los que deben practicarse los descuentos
destinados a la Seguridad Social es de $ 48.598,08 (pesos cuarenta y ocho mil
quinientos noventa y ocho con 08/100).
El mencionado artículo dice:
“Art. 7 – Las bases imponibles mínima y máxima
previstas en el primer párrafo del artículo 9 de la ley 24241, texto según la
ley 26222, quedan establecidas en la suma de pesos un mil cuatrocientos noventa
y cinco con treinta y cuatro centavos ($1.495,34) y pesos cuarenta y ocho mil
quinientos noventa y ocho con ocho centavos ($ 48.598,08) respectivamente, a
partir del período devengado setiembre de 2015.”
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