jueves, 18 de noviembre de 2010

ELIMINAN SUMAS NO REMUNERATIVAS

De acuerdo con un proyecto de ley, presentado por el legislador Nito Artaza y que cuenta con dictamen aprobatorio de la Comisión de Trabajo del Senado, luego de 90 días de sancionada la ley, las sumas no remunerativas que se abonan a los trabajadores como consecuencia de negociaciones de acuerdos o convenciones colectivas, dejarán de serlo a razón del 20% cada tres  meses. Estas sumas continuarán abonándose pero serán remunerativas.
                                                                                                                      
Esta eliminación progresiva estará acompañada por otra disposición, contemplada en el mismo proyecto, que determina que en el ámbito de las convenciones colectivas, durante el año 2011, solo se podrán conceder sumas no remunerativas a los trabajadores por un importe que no supere el 50% del aumento negociado, y por un plazo máximo de seis meses.

Asimismo, siempre según el mencionado proyecto, a partir del 1 de enero de 2012 se prohibe la posibilidad de negociar dentro de los convenios o acuerdos colectivos de trabajo el pago de sumas no remunerativas a los trabajadores.

Cabe señalar que recientes fallos judiciales se pronunciaron a favor de considerar que las sumas no remunerativas integraban la base de cálculo para determinar la indemnización por antigüedad dispuesta por el art. 245 de LCT.

Sería muy conveniente que la nueva norma aclare si la parte del monto que se convierte en remuneratorio (20% cada tres meses) deberá ser incrementada para que el trabajador perciba el mismo sueldo neto, y si dicho monto deberá incluirse en la remuneración básica o bien podrá mantenerse como monto remuneratorio, independiente al sueldo.

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