jueves, 18 de noviembre de 2010

ELIMINAN SUMAS NO REMUNERATIVAS

De acuerdo con un proyecto de ley, presentado por el legislador Nito Artaza y que cuenta con dictamen aprobatorio de la Comisión de Trabajo del Senado, luego de 90 días de sancionada la ley, las sumas no remunerativas que se abonan a los trabajadores como consecuencia de negociaciones de acuerdos o convenciones colectivas, dejarán de serlo a razón del 20% cada tres  meses. Estas sumas continuarán abonándose pero serán remunerativas.
                                                                                                                      
Esta eliminación progresiva estará acompañada por otra disposición, contemplada en el mismo proyecto, que determina que en el ámbito de las convenciones colectivas, durante el año 2011, solo se podrán conceder sumas no remunerativas a los trabajadores por un importe que no supere el 50% del aumento negociado, y por un plazo máximo de seis meses.

Asimismo, siempre según el mencionado proyecto, a partir del 1 de enero de 2012 se prohibe la posibilidad de negociar dentro de los convenios o acuerdos colectivos de trabajo el pago de sumas no remunerativas a los trabajadores.

Cabe señalar que recientes fallos judiciales se pronunciaron a favor de considerar que las sumas no remunerativas integraban la base de cálculo para determinar la indemnización por antigüedad dispuesta por el art. 245 de LCT.

Sería muy conveniente que la nueva norma aclare si la parte del monto que se convierte en remuneratorio (20% cada tres meses) deberá ser incrementada para que el trabajador perciba el mismo sueldo neto, y si dicho monto deberá incluirse en la remuneración básica o bien podrá mantenerse como monto remuneratorio, independiente al sueldo.

CODIGO DE LEGISLACION LABORAL

Una de las dificultades  principales que afronta el profesional de Recursos Humanos es saber cual es la ley o norma vigente para cada caso que analiza. Esta situación se agrava en nuestro país y especialmente en la legislacion laboral, por las continuas nuevas leyes y disposicones que se sancionan y sus numerosas modificaciones, que exigen una actualización cotidiana, en la mayoría de los casos imposible.

El proyecto de ley presentado por el diputado nacional Omar De Marchi propone la creación de una comisión bicameral (integrada por 12 diputados y 12 senadores) que se encargue de elaborar un Código de Legislación Laboral. La obra contendria toda la legislación vigente y los proyectos presentados y a tratar por las Cámaras de Senadores y Diputados, en forma metódica y sistemática.

La elaboración de esta obra satisfacería una necesidad largamente esperada, pues nuestra Ley de Contrato de Trabajo, muy util y el "abc" de la normativa laboral argentina, se encuentra superada por la cantidad de normas que la complementan.

Sería muy importante que cuando se trate este proyecto se encargue a los legisladores de la Comisiòn Bicameral, la actualizacón "on line" en forma inmediata, incorporando todas las normas sancionadas. En este sentido proponemos que el Código del Trabajo se publique on line y personal del Congreso Nacional designado al efecto se encargue de efectuar las modificaciones y agregados que se produzcan resultado del dictado de nuevas normas legislativas. De esta forma cualquier persona podría consultar el Código y estar seguro que las disposiciones incluidas son las unicas vigentes.