lunes, 14 de octubre de 2013

BALANCE AL CUMPLIRSE UN AÑO DE LA NUEVA LEY DE ART

Al cumplirse un año de la vigencia del  nuevo Régimen de ordenamiento de la reparación de los daños derivados de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.(ART), Ley Nro 26.773, es muy interesante conocer la opinión de representantes de los distintos sectores involucrados, quienes vertieron su opinión ante la requisitoria de "El cronista comercial".  Nos pareció muy interesante reproducir algunos de los conceptos allí vertidos.

Según Mara Bettiol, presidenta de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), 2013 ha sido un año auspicioso, ya que el sistema siguió expandiéndose. De acuerdo a las cifras elaboradas por la organización, existen 917.541 empresas y 8,8 millones de trabajadores cubiertos por estos seguros. La performance del sistema se verifica de manera incuestionable en la baja morosidad que presenta (5,6 %).

En ese sentido, en 2012, las ART brindaron casi dos millones de prestaciones médicas y farmacéuticas para más de 600.000 trabajadores. El impacto del servicio en los estados de resultado para las aseguradoras es alto: según las cifras de UART, a junio de este año, el 81,8% de las primas se asigna a prestaciones dinerarias y médicas, lo que representa un aumento de 10,6% con respecto a 2008 y un aumento interanual de casi 3% con respecto al mismo mes de 2012.

Pero lo que también aumentó, con la nueva legislación, fue el costo para las empresas a la hora de contratar los seguros que protejan a sus empleados en caso de accidentes, justamente, por la inclusión de nuevas enfermedades laborales y la actualización de los montos de las indemnizaciones.
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Con la reforma se reemplazaron los pagos en rentas por pagos únicos y se fijó un mecanismo de actualización automática para las prestaciones que estaban fijas en pesos, lo que, a septiembre de 2013, representó un incremento del 165%.También, aumentaron un 20% las prestaciones dinerarias correspondientes a accidentes en el ámbito del trabajo, especificó Bettiol.

Si bien esto trajo aparejado un crecimiento en la factuación de las aseguradoras, no se cumplieron las estimaciones oficiales que, al momento de sancionar la nueva legislación, ubicaban el aumento de las alícuotas en torno al 19,7%. La fuerte competencia existente en el mercado hizo que sólo pudiera trasladarse  efectivamente el 13%. Esta deficiencia -dice Bettiol-  hace que el sistema se encuentre operando con una pérdida técnica considerable.

El sector empresarial también se vio afectado por el aumento de los costos de las coberturas, sobre todo, en las empresas más chicas. Los costos, como hemos advertido oportunamente, subieron mucho para las empresas. El crecimiento en las alícuotas recayó con más fuerza sobre las pymes: estamos en una proporción de 5 a 1 con respecto a las grandes firmas en cuanto al esfuerzo que deben hacer para cubrir riesgos del trabajo, advierte Francisco Matilla, asesor jurídico y laboral de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME).

Por su parte, Juan José Etala, titular del Departamento de Política Social de la Unión Industrial de la Provincia de Buenos Aires (UIPBA), subraya que es muy difícil mantener los costos laborales que inciden en materia de riesgos del trabajo, aunque reconoce que la ley ha otorgado mayor seguridad jurídica. 

A partir de la eliminación de la doble vía  de indemnización -es decir, el trabajador ya no puede cobrar una indemnización de la empresa y, a la vez, buscar una ampliación en sede judicial-  se esperaba que el nivel de litigiosidad, un factor que afecta la rentabilidad de las empresas y los costos de los seguros, disminuyera.

Los cambios medulares de la Ley 26.773 tienen que ver con el incremento de los montos de las indemnizaciones y la fijación de la opción excluyente para frenar el incremento de la judicialización que afronta el sistema. Hay un considerable aumento prestacional y una mejora en la celeridad del pago de prestaciones dinerarias, remarca  Daniel Tino, subgerente comercial de la ART  Asociart 

De hecho, para el semestre de septiembre de este año, a febrero de 2014, las sumas abonadas por incapacidades graves pasarán, con respecto a la antigua legislación, de $ 80.000 a $ 211.833; por incapacidad total, de $ 100.000 a $ 264.791; por fallecimiento, de $ 120.000 a $ 317.750; mientras que el piso prestacional variará de$ 180.000 a $ 476.625. Sin embargo, estas mejoras sustanciales en las retribuciones para los empleados aún no se perciben en la cantidad de juicios iniciados. Hay muchos buenos resultados, como la baja en los índices de siniestralidad y las mejoras en la celeridad prestacional, pero eso no se traduce en un menor caudal de juicios para el sector.

En tanto, desde la UIPBA, Etala señala la necesidad de evaluar la responsabilidad de los empleadores en los accidentes in itinere, es decir, en el trayecto de ida o vuelta al lugar de trabajo:  Esos hechos tienen que ver con la inseguridad genérica en la calle. Sería mucho más adecuado que ello fuera parte de la seguridad social, porque el empleador no sólo no es responsable de ello, sino que nada puede hacer para evitarla.



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