lunes, 9 de diciembre de 2024

RECHAZAN RECLAMO POR EL PAGO PARCIAL DE HORAS EXTRAS POR NO DETALLAR LAS DIFERENCIAS

                                                                              


No prosperó el reclamo del pago por diferencias  en la liquidación de las horas extras porque el trabajador no demostró en forma precisa “con cifras y cálculos detallados”  los montos demandados como impagos.

El trabajador en su demanda por haber sido despedido sin causa , tramitada  bajo el expediente “Saratin, Jorge Alberto c/L’Equipe Monteur S.A. s/despido”, reclamó diferencias salariales en el pago del concepto Horas Extras, rubro que no se acogió en la sentencia de primera instancia, interviniendo en la apelación la sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

En su sentencia los camaristas manifestaron “… no puede perderse de vista que, por aplicación del principio de congruencia y de defensa en juicio (art. 18 de la CN y 163 inciso 6° del CPCCN) el litigante no introdujo debidamente esa reclamación en su escrito inaugural. En efecto, cabe tener en cuenta que no surge del escrito de demanda, una pretensión clara y precisa, y con una indicación –con cifras y cálculos detallados- de las pautas y/o guarismos empleados para arribar al monto incluido por dicho concepto en la liquidación (ver escrito de demanda a fs. 8vta. apartado V. Liquidación). Tal insuficiencia, cobra particular relevancia en el caso a poco que se aprecie que la reclamación en cuestión persigue el cobro de las aducidas diferencias que se derivarían del “insuficiente” pago de las horas cumplidas en tiempo suplementario. Pero, no surge de la presentación inicial un cotejo –mes a mes- entre los importes efectivamente percibidos por dicho rubro en la época que aquí se trata y los que –a juicio de la parte- le hubiesen correspondido de liquidarse los mismos según su postura.”

Para luego explicar “Al respecto, recuerdo que, esta sala ha sostenido que si en el escrito inicial no se denunciaron las pautas mínimamente necesarias para determinar el “quantum” de las diferencias salariales pretendidas, tal omisión impide la procedencia del reclamo (ver en similar sentido del registro de esta Sala SD 7439 del 29/11/1999 en autos "Cobelo Norberto y otros c/ Aerolíneas Argentinas s/ cobro de salarios", entre muchos otros). Ello, es precisamente lo que sucedió en el presente caso. En el marco precitado, no resulta eficaz (art. 116 L.O.) a los pretendidos por el apelante el efecto presuntivo del art. 55 LCT. Ello es así, porque el mismo, sólo puede tener andamiaje cuando las circunstancias que debían constar en los correspondientes libros hayan sido descriptas en la demanda en forma clara y precisa y detallada y ello, según lo antes expuesto no se verifica en el caso.”

En consecuencia la pretensión del trabajador fue rechazada pues el reclamo careció de la explicación detallada y precisa de donde surgían las diferencias en el pago de las horas suplementarias.

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