lunes, 30 de septiembre de 2019

DESESTIMAN LA NULIDAD DE LA RENUNCIA POR NO PROBAR EL VICIO DE LA VOLUNTAD

 

La Justicia rechazó el reclamo indemnizatorio de un trabajador que acordó con el empleador su renuncia y luego pretendió desconocerla argumentando que lo hizo tras recibir la amenaza que no le abonarían los salarios adeudados.

El caso fue tratado por la sala VII, de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en el expediente caratulado “Pérez, Pablo Angel c/Nephorology S. A. s/despido”.

Tras el análisis de las pruebas y la documentación sustanciadas en la primera instancia, los jueces señalaron “ En cuanto a la extinción del vínculo laboral, el actor afirma a fs. 7 que sorpresivamente el día 17 de enero del 2014  fue despedido sin aviso previo. Agrega que se lo citó a una reunión con su gerente Mariano Casadei y un abogado de la firma, amenazándolo el primero de ellos que sino enviaba un telegrama de renuncia no se le abonarían los salarios que se le adeudaban. Aduce que concurrió con el abogado de la empresa y envió ese mismo día su telegrama de renuncia” Por su parte el empleador  acompañó el telegrama de renuncia.

Ante esta situación el fallo dictaminó que  “ No obstante lo esencial en el caso en análisis radica que no existen elementos en la causa que demuestren vicios de la voluntad en la renuncia efectuada, por lo que ésta tuvo efectos jurídicos válidos, es por ello que no proceden los rubros en conceptos de indemnización por antigüedad, preaviso, el recargo previsto en los arts. 1 y 2 de la ley 25323 …”.

En consecuencia cabe expresar que los jueces rechazaron el pedido del  trabajador porque éste no demostró que su renuncia fue la consecuencia de amenazas que violentaran su voluntad, si así lo hubiera hecho el resultado habría sido favorable.

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