martes, 18 de octubre de 2011

APORTES VOLUNTARIOS: ANTE NUEVO FALLO LA ANSES RECURRE A LA CORTE PARA DEMORAR LA DEVOLUCION

Ante un nuevo fallo de la Cámara Nacional de la Seguridad Social en contra, la Anses recurrió a la Corte Suprema de Justicia para demorar la devolución de aportes voluntarios efectuados a las AFJP por más de 375.000 trabajadores.

En este nuevo caso el recurso extraordinario presentado ante el máximo tribunal de la Nación, es el que corresponde al juicio iniciado por José Jorge Bay, donde los integrantes de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social, dispusieron la devolución inmediata de los aportes voluntarios realizados a una Administradora de Fondos Jubilación. El fallo tuvo en consideración que el trabajador “pagaba directamente” los aportes voluntarios no tratándose de una deducción de su sueldo efectuado por el empleador ni por otro agente de retención, que los montos que depositaba en su cuenta eran variables y discrecionales y, especialmente que “importaban un ahorro con un objeto determinado: incrementar el  futuro haber de pasividad”, significando este accionar “para el afiliado privarse del uso de su ingreso en la satisfacción de sus necesidades contemporáneas para invertirlas en su futuro”.

En su voto el camarista Dr. Poclaba Lafuente manifestó que se trata de un “ahorro particular con un fin específico” para agregar que “esto excluye la posibilidad de considerar el carácter social de dichos aportes, por lo que, de impedirse su recupero estimo que se configuraría un daño confiscatorio para los beneficiarios, quienes se verían privados de los fondos que han aportado en exceso. Los aportes al sistema son obligatorios e irrenunciables. Pero en la medida en que tal obligatoriedad ha sido superada, los montos excedentes constituyen un derecho patrimonial de los beneficiarios, cuya direccionalidad les compete exclusivamente a esos últimos…”

Por su parte el camarista Dr. Laclau fue más allá y dijo que “a su juicio los fondos de la cuenta individual de capitalización del actor son propiedad de éste…”. Finalmente los tres integrantes de la mencionada sala  coincidieron que el traspaso de los aportes voluntarios de las cuentas de las AFJP a la ANSES resultó lesivo de los derechos amparados por la Constitución Nacional.

Ante el tenor de  la sentencia la ANSES, coherente con su política de demorar la aplicación de las sentencias en su contra, presentó un nuevo recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia. Decimos nuevamente pues al año pasado también recurrió al máximo Tribunal de la Nación ante un fallo de la sala II en la causa promovida por Martín Ignacio Franzini, que también había dispuesto la devolución de los aportes voluntarios. El fundamento que esgrime el recurso presentado por el organismo oficial es afirmar que si bien los aportes fueron realizados en forma voluntaria, una vez ingresados a la cuenta de capitalización individual que administraban las AFJP, quedaban sujetos al mismo régimen que los obligatorios, que era integrar al momento de la jubilación el haber mensual.

Es realmente lamentable  la conducta de los funcionarios de la Anses, quienes demoran el cumplimiento de lo dispuesto por la ley y  la Justicia. A ésta en su máxima expresión, la Corte Suprema de Justicia, le corresponde ahora dejar de lado las demoras y pronunciarse  en forma rápida y justa. Así lo esperan más de 375.000 trabajadores.  


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