lunes, 19 de mayo de 2025

NO SON VALIDOS LOS TESTIMONIOS FUNDADOS EN UNA FILMACION PARA JUSTIFICAR UN DESPIDO CON CAUSA

                                                                               


No son suficientes para justificar un despido con causa las declaraciones testimoniales basadas en una filmación  –es decir sin haber presenciado la ocurrencia de los hechos- más si tal filmación fue hecha por el empleador y no cuenta con certificación notarial.

En el expediente “R.E.G. c/Tasa Logística S.A. s/despido” la sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, consideró en apelación el reclamo del trabajador que fue despedido por, según el empleador, haber participado mediante el incumplimiento de la tarea asignada de la sustracción de pallets con mercadería, hecho que fue grabado y convirtiéndose la filmación en la principal demostración de la conducta ilícita.

Los camaristas, tras el análisis de las pruebas y documentos sustanciados en la primera instancia, manifestaron “No resulta un hecho controvertido que el actor, que se desempeñaba cargando mercadería en camiones, fue despedido  invocando pérdida de confianza, imputándole haber realizado los días 4.04.2019 y 5.04.2019 movimientos no ordenados ni autorizados en relación a once pallets con mercadería, que fueron movilizados del depósito sin el escaneo de control y cargados en un vehículo de transporte sin orden de despacho que avale dicha operatoria”.

Para seguidamente señalar que el empleador sostiene que el fallo de primera instancia  “desmereció la prueba testimonial por ella aportada. Ahora bien, la recurrente en modo alguno cuestiona la sentencia de grado en los términos previstos en el art. 116 de la L.O.. Digo ello porque no rebate el principal argumento que es que ninguno de los testigos por ella aportados presenciaron los hechos imputados a R., sino que tuvieron como fuente de su conocimiento filmaciones -efectuadas por la propia demandada-, que por otra parte no cuentan con certificación notarial. En la expresión de agravios, la parte demandada transcribe las declaraciones testimoniales por ella aportadas y que considera que prueban los hechos motivadores del despido, pero de ellas surge claramente que los testigos no presenciaron el hecho en cuestión, sino que se enteraron del mismo a través de las filmaciones. Siendo ello así, y que las filmaciones acompañadas fueron desconocidas por el accionante, sin que obre en la causa prueba alguna que acredite su autenticidad, se impone la confirmatoria de lo decidido.”

Como corolario podemos observar que el despido con causa fue declarado invalido, contribuyendo a esta calificación la falencia de la prueba sustanciada pues por una parte la filmación,  principal prueba del hecho motivado de la pérdida de confianza, careció de la debida certificación notarial, y por otra parte los testigos fundaron sus declaraciones en la filmación aportada por el empleador, y no por haber presenciado la conducta cuestionable del trabajador despedido.

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