Ante la disparidad de diagnósticos el empleador debe realizar una tercera
consulta en una institución imparcial y continuar abonando los sueldos hasta
obtener un dictamen definitivo, de no abonar las remuneraciones el empleado
puede considerarse despedido sin justa causa.
En el caso que analizaremos,
“Majorana Juan Gabriel c/Casino Buenos Aires S.A. Cía de Inversiones en
entretenimientos S.A. s/despido”, los jueces de la sala IX de la Cámara
Nacional de Apelaciones del Trabajo, consideraron el reclamo efectuado por el
trabajador quien, desconociendo el alta emitida por el médico designado por el
empleador, no reanudó tareas siguiendo las indicaciones de su médico tratante
quien consideró que no estaba en condiciones de laborar. Actitud ésta que
obtuvo como respuesta del empleador el descuento de los salarios por las
ausencias a partir de la fecha del alta del médico patronal.
Los magistrados evaluaron las
presentaciones del trabajador y la empresa, y expresaron “ no cabe duda de que
el demandante padecía aún su dolencia y no se encontraba en condiciones de
restituirse a su trabajo, porque así lo acreditan los certificados médicos
emitidos por el galeno Dr. Gómez Homero, quien en la audiencia de fs. 144 los
reconoció y además afirmó que atendió al actor hasta agosto o setiembre de 2012
y que no hubo alta médica pero lo siguió controlando en su medicación hasta
noviembre de dicho año. Además, cabe destacar que resulta correctamente
valorada la historia clínica que adjuntó en su informe Asociart ART S.A. (cfr. fs.
165/167), ya que de la misma surge que ante la denuncia de tal dolencia -que
fue efectuada el 13/7/12- su servicio médico Centro Médico Asociart con
intervención del Dr. Rubén Rodolfo Bazzano – lo cual rebate el argumento de que
no existió dictamen médico- coincidió con el diagnóstico efectuado por el
galeno del actor y si bien rechazó la denuncia ello fue porque la consideró
inculpable.”
Los jueces continuaron afirmando “…
la actitud de la demandada resultó reñida con los deberes a su cargo al no
adoptar las medidas pertinentes para resolver la controversia que motivaron los
diferentes diagnósticos médicos y no proceder -como hizo- a no abonar
directamente los haberes del trabajador durante el período en cuestión, lo cual
importó una injuria de tal naturaleza que justificó la denuncia del contrato
por parte del trabajador…”
Podemos concluir entonces que
ante una situación como la que tratamos los profesionales de Recursos Humanos
deben buscar un tercer dictamen médico emitido por una institución imparcial, y
mientras tanto deben continuar abonando las remuneraciones al trabajador porque
de no hacerlos se corre el riesgo que el empleado intime el pago y ante la
negativa se coloque en una situación de despido indirecto, debiendo entonces la
empresa afrontar el costo de abonar las indemnizaciones como si se tratara de
un despido sin causa.
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