Es válido aumentar el valor de algunos beneficios a varios trabajadores
para equiparar sus remuneraciones con la que percibe otro empleado de igual
categoría y que realiza similares tareas, no pudiendo éste argumentar
discriminación salarial por no recibir los aumentos.
El caso fue tratado por la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones
del Trabajo, en los autos caratulados “Leiva Raúl Hugo c/Smurfit Kappa de
Argentina S.A. y otro s/diferencias de
salarios”.
Ante esta situación la empleadora decidió incrementar los beneficios de
viáticos y tickets que le concedía a sus empleados y no al actor, para de esta
forma equiparar los sueldos de los “antiguos” empleados con los del actor,
quien ganaba más por, de acuerdo con lo que dispone la legislación laboral,
respetarsele la remuneración que percibía en la empresa absorbida.
Por su parte el empleado que no
recibió los aumentos por ganar más que sus compañeros, se sintió perjudicado y
alegando discriminación salarial demandó judicialmente que se le abonaran los
aumentos de los beneficios mencionados.
Los jueces manifestaron que durante
la sustanciación de la prueba quedó demostrado que el empleado Leiva “que
originariamente pertenecía a otra empresa … percibía un salario mayor al del
resto de los trabajadores que realizaban similar tarea y tenían la misma
categoría, lo que generó incluso planteos del resto del personal”. Asimismo los
magistrados señalaron que también se desprende de las actuaciones que la
empresa “otorgó al resto del personal un aumento en los rubros viáticos y
“tickets” que no fue dado al personal que provenía de “Corrugadora Coronda”,
que tenía como razón de ser intentar lograr una equiparación salarial entre todos
los trabajadores de la empresa que se encontraran en similares situaciones”.
Por lo tanto los camaristas consideraron que no se había configurado la
pretendida discriminación salarial y al igual que lo dictaminado en el fallo de
primera instancia rechazaron la pretensión del empleado Leiva expresando “el
aumento salarial otorgado a quienes percibián remuneraciones menores por tareas
similares sin que ello implicara que el reclamante recibiera salarios
inferiores -sino por el contrario quedó probado que cobraba sumas mayores a las
escalas salariales correspondientes- no puede ser considerada una conducta
discriminatoria …”
Teniendo en consideración el contenido del fallo, es importante resaltar
que siempre los profesionales de Recursos Humanos deben analizar minuciosamente las características de
la situación a resolver, pues si se puede demostrar la equiedad de una acción o
de determinada medida, aunque desde una primera mirada parezca no defendible a
la luz de la jurisprudencia laboral, como en este caso sería la figura de
“discriminación salarial”, se podrán tener muy buenas chances de obtener éxito ante un
reclamo judicial.
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