La comunicación del despido con
causa debe ser explicita y clara al detallar los hechos y circunstancias que
motivaron el distracto.
Es extremadamente importante que
el telegrama de despido con causa comunique al trabajador los hechos, conductas
y circunstancias que motivaron tan grave decisión, pues los jueces
intervinientes ante una demanda laboral examinaran cuidadosamente la
comunicación para determinar si el trabajador tuvo la posibilidad de defenderse
o contrarrestar las acusaciones y, por otra parte, ya entablada la demanda para
evitar que se pretenda alegar hechos o situaciones nuevas no descriptas en el
despacho telegráfico.
Como ejemplo de lo recién
afirmado detallaremos el fallo de la Sala
I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en los autos caratulados “Gorgolione
Ramiro Andrés c/Medicus S.A. s/despido”, donde los camaristas afirmaron que “las
razones expuestas en la comunicación rescisoria no logran dar cumplimiento con
los recaudos previstos en el artículo 243 de la Ley de Contrato de Trabajo,
toda vez que si bien no se exige un detalle4 pormenorizado de cada uno de los
hechos en los cuales la empleadora fundó la decisión, sí es requerida una
comunicación suficientemente clara que permita conocer los motivos que
determinaron la adopción de tal medida.” Tal requisito, señalaron los
magistrados, “obedece a la necesidad de permitir que la persona trabajadora
efectué la correcta defensa de sus intereses, así como para evitar que, en los
escritos judiciales introductorios, se puedan alterar o modificar las causas
antes invocadas.”
El art. 243 de la LCT específicamente
dice:
“ El despido por justa causa dispuesto por el empleador como la
denuncia del contrato de trabajo fundada en justa causa que hiciera el
trabajador, deberán comunicarse por escrito, con expresión suficientemente
clara de los motivos en que se funda la ruptura del contrato. Ante la demanda
que promoviere la parte interesada no se admitirá la modificación de la causal
de despido consignada en las comunicaciones antes referidas.”
Por lo tanto es importante que
los profesionales de Recursos Humanos tengan especial cuidado al redactar el
telegrama de despido con causa, y expongan en forma clara y detallada las
circunstancias y hechos que determinaron el distracto y, si fuera posible,
tengan el “ok” del abogado que eventualmente deba intervenir ante un reclamo
administrativo o judicial del trabajador.
1 comentario:
Hola a todos, en efecto, cuando existan causas que motiven la separación de un trabajaxor de su trabajo, esas causas
no solo deben ser claras, sino además, comprobables y sobre todo, debidamente tipificadas en nuestra Legislación
Laboral ( Artículo 47 ).
Ya que si la causa que se hace valer no la estipula la Ley, se correría el riesgo legal, de estar cometiendo una injusticia
en contra de la Persona con las respectivas consecuencias jurídicas que ello implica.
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