Cuando se produce la adquisición de una empresa
por parte de otra, la compradora debe respetar la antigüedad de los empleados
transferidos a la nueva sociedad.
En el caso que detallaremos a continuación la
empresa compradora se negó a reconocer la antigüedad de una empleada de la
sociedad adquirida, por lo ésta luego de intimar el reconocimiento de los años
de servicios, optó por considerarse despedida sin causa y reclamar
judicialmente las indemnizaciones
correspondientes.
El fallo de primera instancia le dio la razón a
la trabajadora y, tras la apelación de
la empresa, el expediente caratulado “Coronel
Fátima del Valle c/ Nacelim S.R.L. y otros s/ despido”, fue tratado por la Sala
V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
La empresa en su defensa argumentó que la
empleada había prefabricado el despido, que la relación laboral se encontraba
debidamente regularizada y que su desempeño en empresas anteriores no debían
considerarse porque no existió continuidad. Asimismo sostuvo que la trabajadora
no se presentó a trabajar a pesar de estar intimada y que intimó a su
empleadora sin cumplir el débito laboral.
Analizada la documentación y pruebas
sustanciadas, los camaristas sostuvieron que la trabajadora demostró que “se
desempeñó desde la fecha denunciada en el inicio (1/11/94) para la empresa
Lamobel S.R.L. cumpliendo tareas de limpieza y que a partir de 1998 operó una
transferencia de su contrato de trabajo en favor de la firma Nacelim S.R.L.
quien debía mantener la antigüedad de la accionante considerando la fecha de
ingreso para la antecesora…”
En consecuencia,
los magistrados sostuvieron en la sentencia que ante la negativa por parte de la empleadora de
reconocer la antigüedad y la continuidad de ambas sociedades la trabajadora
ejerció correctamente su derecho de considerarse despedida sin causa.
Cabe señalar que lo dispuesto en el fallo es aplicable también a los casos en que los empleadores cambian de razón social o desactivan una empresa y transfieren a sus empleados a otra nueva. En estos casos también los empleados tienen derecho a mantener la antiguedad y los beneficios que gozaban en la empresa antecesora.